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Reforman ley para fortalecer figura de la denuncia anónima


Tren Parlamentario

Vicente Bello

VICENTE BELLO

 

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer una reforma al artículo 40 de la Ley de la Fiscalía General de la República en materia de denuncia anónima. Soliviantará a la población contra la delincuencia, decían.  Y sin discusión de por medio, unánimes, votaron. Sólo dos oradores hubo.

Uno. El diputado del PAN Guillermo Huerta Ling: “Hoy en México, de acuerdo a datos de la organización, de distintas organizaciones civiles, tenemos una impunidad cero. Solo se denuncia un 6 por ciento de los delitos cometidos en el país y menos del 1 por ciento de los delitos son resueltos.

“Los mecanismos de denuncias actuales parecen no coadyuvar con el ejercicio de denuncias por parte de la ciudadanía, y tampoco en disminuir los niveles de impunidad o la reincidencia delictiva. De acuerdo a diversas organizaciones civiles nacionales e internacionales, una de las principales razones por las cuales los mexicanos no acuden a denunciar es por la falta de confianza en las autoridades.

“Lo anterior resalta el evidente miedo que invade a millones de mexicanos, quienes consideran que el realizar una denuncia respecto a la comisión de un delito le puede causar un perjuicio mayor.

“Es fundamental que el ciudadano se sienta protegido y apoyado ante el grave problema que la inseguridad sigue causando en nuestro país, ya que es alarmante la deficiencia que existe en torno a la protección de denunciantes, la reforma que se plantea al artículo 40 de la Ley de la Fiscalía General de la República, contribuye en proteger la integridad, dignidad, vida y/o empleo de las víctimas al momento de denunciar, lo cual contribuirá a que el ciudadano no quede en el estado de vulnerabilidad ante más actos ilícitos y/o ante las células delictivas.

“Lo anterior, con la finalidad de que las denuncias anónimas sean investigadas y tengan misma validez para las autoridades investigadoras y así salvaguardar la secrecía de las víctimas. Esto además permitirá homologar el texto del artículo 40 de la Ley de la Fiscalía General de la República, con el numeral 131, fracción II del Código Nacional de Procedimientos Penales, estipulando así una congruencia en ambas legislaturas por lo que respecta a las obligaciones de los agentes del Ministerio Público, dando así mayor certeza a las funciones de investigación.

“… En la Comisión de Justicia podemos decir que hay una gran coincidencia de todas las fuerzas políticas ahí representadas, para poder dotarle al ciudadano de más elementos que le puedan contribuir para su paz, para su tranquilidad y en caso de sufrir un delito poderlo denunciar con toda la tranquilidad”.

Y dos: Arturo Hernández Tapia, diputado de Morena y autor de la iniciativa transfigurada en Minuta: “Según la organización Impunidad Cero, en nuestro país, de cada 100 delitos que se cometen se denuncian solamente 6.4 de ellos. Y de cada 100 delitos que se denuncian, solo 14 se resuelven. Esto quiere decir que la probabilidad de que un delito cometido sea resuelto en nuestro país es solo del 0.9%.

“Por su parte, el Inegi estimó que en 2019 se denunció el 11 por ciento del total de delitos, para los cuales el Ministerio Público inició carpeta de investigación en solo 69.1 por ciento de los casos. Estos hechos provocan que, cerca del 90 por ciento de los ciudadanos, desconfíen de estas instituciones.

“Por otro lado, el crimen organizado ha cercado cada vez más a las víctimas, llegando a identificarlos, dar seguimiento a sus hábitos y a los de sus familiares, con una estrategia de miedo hacia el agredido. Asimismo, la lenta impartición de justicia y la corrupción incrementan el riesgo a las víctimas frente a esta amenaza.

“Por ello, resulta preocupante la deficiencia existente en torno a la protección de los denunciantes en procedimientos de investigación, lo que pone en peligro la colaboración de los ciudadanos. Al hacer una denuncia o querella con los documentos de identidad que exige la ley, a fin de respaldar el procedimiento, se teme recibir actos de intimidación y represalias en su contra, a tal grado de afectar la vida diaria del individuo.

“Afortunadamente ya existe la figura de la denuncia anónima para proteger la integridad, dignidad, vida o empleo de la víctima, para que no quede vulnerable ante actos ilícitos y por las células delincuenciales organizadas.

“Si dicha práctica llegara a consolidarse, los afectados y/o testigos tendrán la seguridad y confianza de cooperar con las autoridades correspondientes, generando información y elementos que permitan identificar, investigar y perseguir el delito, sobre todo los de alto impacto.

“Derivado de lo anterior, es necesario crear el fundamento procesal administrativo de la Fiscalía, a fin de que los denunciantes puedan justificar y optar por la denuncia anónima, garantizando así que dicha denuncia pueda iniciarse y ser atendida e investigada por el MP, ya que formalmente sin denuncia, no hay investigación.

“La Ley de la Fiscalía General de la república, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de mayo del 2021, da facultades a la Policía Federal ministerial, a fin de constatar la veracidad de los datos aportados e informaciones anónimas, pero dicha ley no regula dentro de su texto la denuncia anónima, solo se limita a constatar la información, pero no el accionar del proceso administrativo de la Fiscalía General, a pesar de que el Código Nacional de Procedimientos Penales de igual forma contempla la denuncia anónima, es conveniente armonizar tal precepto en la Ley de la Fiscalía General de la República”.

Aprobándola, la turnaron al Senado para continuar su proceso legislativo.

23/09/2022